Un adulto que tenga relaciones sexuales con un menor de edad debe terminar tras las rejas. El comercio sexual con personas menores de 18 años, es un delito que ya se conoce.
El segundo estudio de tolerancia social realizado en Centroamérica, Panamá y República Dominicana, durante los meses de octubre y noviembre de 2008 por la empresa CID-Gallup revela hallazgos importantes.
Uno de los puntos de mayor importancia es que en promedio el 95 por ciento de las personas encuestadas considera que pagar por sexo a una persona menor de 18 años sí es un delito.
Lo más preocupante es que según el estudio, existe una alta tolerancia social al ejercicio de la sexualidad masculina y la doble moral que impera en nuestras sociedades, ambas están emparentadas con la explotación sexual comercial.
Parece que la identificación y la penalización del delito de la explotación sexual comercial no necesariamente va de la mano, con la toma de conciencia con respecto a él y evidencia una necesidad de mantener campañas de sensibilización y divulgación dirigidas a toda la población, lo que ayudará a disminuir la comisión del delito en contra de los menores de edad.
Al comparar los resultados del estudio realizado en el 2005, se puede determinar que en 2008 el reconocimiento de la explotación sexual comercial como delito la información muestra que es muy alto, con cierta tendencia más bien a aumentar.
Así lo considera el 95 por ciento de las personas consultadas, de manera homogénea en los distintos países, incluyendo Guatemala que al momento de la encuesta, no contaba con la legislación pertinente.
Legislación
Una diferencia fundamental es que en el 2005, Guatemala, Nicaragua y Honduras no contaban con las leyes que tipifican el delito y aún en el 2008 solo Guatemala continuaba con tal situación, por lo que en este momento la realidad legal de los países coincide con la percepción de la población al respecto.
En los países de Centroamérica, Panamá y República Dominicana el porcentaje de desconocimiento de lugares donde se paga por el sexo a personas menores de edad, en general es alto.
Solo una de cada cuatro personas afirma conocerlos y los resultados varían por país, con Costa Rica que presenta el mayor índice de desconocimiento de un 85 por ciento y Guatemala el menor, con 63 por ciento.
Centros clandestinos
El aumento en el desconocimiento de tales sitios puede deberse a que la explotación sexual comercial se da de manera clandestina, la que la hace menos visible para el grueso de la población.
Aún así, si en la región más de un 28 por ciento de la población conoce de esos lugares, surge la pregunta acerca de las razones para que no hayan más de estos lugares clausurados o intervenidos por parte de las autoridades.
El estudio da a conocer que, a excepción de Costa Rica, que muestra una disminución muy fuerte de trece puntos porcentuales en tres años, el resultado es alentador ya que parece mostrar una consecuencia concreta ante los esfuerzos regionales de poner la temática en la agenda pública.
Es importante destacar que una de cada cuatro personas de la región responde que “no haría nada” por denunciar los hechos de abuso o comercio sexual por lo que existe cierta tendencia a aumentar en la mayoría de los países, presentando variaciones que van de un 8 por ciento en Honduras a un 28 por ciento en República Dominicana.
En Costa Rica y República Dominicana el porcentaje de denuncias en contra de las personas que cometen abusos sexuales en contra de menores de edad se triplica en tres años.
Pasan de 6 por ciento en 2005 al 21.1 por ciento en el 2008 y del 8 por ciento al 27.6 por ciento en el 2008, respectivamente.
Un importante sector de la población, a la misma víctima se la considera delincuente, lo que debería llevar a actuar para evitar la revictimización de los niños, niñas y adolescentes y se logre su protección por parte de los distintos sectores sociales.
Aunque en porcentaje relativamente bajo, las personas que no denunciarían, alegan que no confían en el sistema, le temen a las represalias o consideran que el asunto no es su problema.
Tolerancia
Esto parece estar aumentando la tolerancia a la explotación sexual comercial, valoración que requiere analizarse de forma integrada con otras reflexiones.
En relación con las causas de la explotación sexual comercial, “la pobreza de la víctima y su familia” es la más señalada. Además, “la falta de valores de la víctima y su familia” aumenta en la percepción de las personas consultadas.
Una de cada cuatro personas señala a la “persona menor de edad víctima” como responsable del problema y de su situación, apreciación que llega a casi el 60 por ciento del total de las respuestas que de una u otra forma atribuyen la responsabilidad a las víctimas.
Este resultado evidencia que las personas encuestadas no asocian al “cliente” explotador con las causas de la explotación sexual comercial.
Capellín: Fiscales trabajan en condiciones inadecuadas
El comercio sexual con menores de edad es algo que no se ha podido erradicar. “Este es un comportamiento inadecuado e ilegal en el mundo de los adultos hacia los niños y que da la sensación que va en aumento”, asegura José Manuel Capellín, director de Casa Alianza Honduras.
De acuerdo con investigaciones, existen nuevos fenómenos como el Internet y la pornografía infantil, que contribuyen a que se dé el comercio sexual con personas menores de edad.
Según Capellín, el turismo sexual no solo se da con personas que vienen de otros países, sino que también se da el turismo sexual interno.
Una de las mayores preocupaciones de Casa Alianza es que lamentablemente continúa el problema que tiene que ver con la trata de niños y niñas con fines de explotación sexual comercial, no solo en Honduras sino que también en los otros países de Centroamérica. “La explotación sexual infantil no se ha podido erradicar por la carencia de policías encargados de hacer las investigaciones.
Además los fiscales trabajan en condiciones no adecuadas, no hay suficientes jueces que estén preparados para llegar hasta el final y condenar a los responsables”.
Lo que sí existe en Honduras es un marco legal pero sin definir la ejecución de sentencias ni condenas.
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